domingo, 25 de noviembre de 2012

EL DIVORCIO
Nuestro Código Civil contempla 2 tipos de Divorcio: Voluntario y Necesario.

DIVORCIO VOLUNTARIO:
El divorcio voluntario es el que solicitan tú y tu pareja ante el Juez de lo Familiar, la solicitud debe ir acompañada de las actas de nacimiento de sus hijos y el acta de matrimonio, así como de un Convenio en que se fijaran entre otras cosas, los siguientes puntos


1.-    Quién o quiénes se harán cargo de los hijos del matrimonio durante el proceso legal del divorcio y después del mismo.
2.- Dónde vivirá cada uno de los cónyuges durante el proceso del divorcio.
3.- La cantidad que deberá pagar un cónyuge a otro para mantener a los hijos durante el proceso y después del divorcio.
4.- Cómo se van a repartir los bienes.

Para promover un divorcio voluntario es necesario que hayan estado casados más de un año. Después de haber cubierto estos requisitos, el Juez cita a los cónyuges para buscar una reconciliación, si no se da, decreta el divorcio. El Ministerio Público también interviene en este tipo de divorcio para proteger a los hijos menores de edad. En este divorcio, la patria potestad de los hijos la ejercen los dos.

Si el divorcio se concreta, la mujer tiene derecho a recibir dinero para cubrir sus gastos, en caso de que no trabaje, y los de sus hijos, trabaje o no, siempre y cuando no vuelva a casarse o a vivir en unión libre con otra pareja.

--> DIVORCIO NECESARIO:
Este tipo de divorcio se promueve a petición de uno de los cónyuges ante el Juez de lo Familiar y es necesario que tenga alguna de las siguientes causas:
1.       Adulterio comprobado.
2.       Cuando el marido proponga que la esposa se prostituya.
3.       Que uno obligue al otro a cometer cualquier tipo de delito.
4.       Cuando alguno de los dos corrompe a los hijos.
5.       Si uno de los dos padece alguna enfermedad contagiosa, incurable o hereditaria
6.       Abandono por alguna de las partes de la casa conyugal sin justificación
7.       La violencia que uno ejerza sobre el otro.
8.       Negativa a cubrir los gastos de los hijos.
9.        Haber sido condenado a prisión más de dos años por cometer un delito.
10.    Ser alcohólico, drogadicto o adicto a las apuestas.

Para tramitarlo es necesario presentar una demanda de divorcio ante el Juez de lo Familiar explicando las causas por las que decidió tramitar su divorcio que deben ser una o más de las arriba mencionadas. Después se le informa a la otra parte que ha sido demandada para que se defienda, es el Juez quien decide si procede o no el divorcio necesario. -->

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